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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 368
 
  Dictamen : 368 del 11/12/2019   
 
Resumen

C-368-2019


 


ALINEAMIENTO VIAL. RED VIAL CANTONAL. CRITERIO TÉCNICO.


 


El señor Luis Madrigal Hidalgo, Alcalde Municipal, Municipalidad de Puriscal, en oficio no. MP-AM-0921-2019 de 06 de junio de 2019 –presentado el 17 de junio de 2019-, requiere nuestro criterio sobre la sobre la siguiente interrogante:


 


“…cuál será el mejor criterio para realizar el alineamiento del derecho de vía; si la medición debe realizarse de cerca a cerca o bien, del centro del camino hacia la cerca.”


 


Esta Procuraduría, en dictamen no. C-368-2019 de 11 de diciembre de 2019, suscrito por la Procuradora Elizabeth León Rodríguez y la abogada de la Abogada de Procuraduría Sandra Paola Ross Varela, concluyen que:


 


Con vista en la Ley de Construcciones (no. 833 de 2 de noviembre de 1949), Ley de Caminos Públicos (no. 5060 de 22 de agosto de 1972), Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal (no. 9329 de 15 de octubre de 2015), Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (no. 3155 de 5 de agosto de 1963), Reglamento a la Primera Ley Especial para la Transferencia de Competencias: Atención Plena y Exclusiva de la Red Vial Cantonal (Decreto no. 40137 de 12 de diciembre de 2016), no se desprende ninguna regulación expresa sobre la forma en la que debe medirse el alineamiento vial, de manera que la Procuraduría no está facultada para referirse a un asunto técnico como el consultado. En el caso que nos ocupa, la Municipalidad se encuentra facultada para requerir el criterio técnico del MOPT, como órgano rector en la materia, sobre la duda planteada y cualquier otro asunto de esa misma naturaleza.