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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 155
 
  Opinión Jurídica : 155 - J   del 12/10/2020   
 
Resumen

OJ-155-2020


 


SOBRE LA ADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS DE LAS SEÑORAS Y LOS SEÑORES DIPUTADOS.EL PROYECTO N° 21.591 PROCURA TUTELAR LA SEGURIDAD VIAL Y LA SEGURIDAD PÚBLICA. RAZONABILIDAD Y PROPORCIONALIDAD DE LA REFORMA. POTESTAD DEL ESTADO PARA REGULAR LA CIRCULACIÓN VÍAL DE VEHÍCULOS.


 


Mediante oficio AL-21591-CPSN-OFI-0296-2019 de la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico de la Asamblea Legislativa nos comunica la moción aprobada en la sesión N° 14 del 31 de octubre de 2019, en la cual se acordó someter a consulta el Proyecto de Ley tramitado por expediente legislativo N° 21.591 denominado “Reforma de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, Ley N.° 9078, de 4 de octubre de 2012, para establecer nuevos requisitos para la identificación de las motocicletas y sus conductores”.


 


Al no estarse de los supuestos de consulta ordinarios previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con un afán de colaboración y por un prurito de deferencia hacia el Poder Legislativo, este Órgano Superior Consultivo atiende la consulta formulada en razón de la existencia de un evidente interés público y sin perjuicio de que la opinión jurídica carece de un carácter vinculante.


 


Con la aprobación del Procurador General de la República, mediante la Opinión Jurídica OJ-155-2020, el Lic. Jorge Andrés Oviedo Álvarez, Procurador Adjunto, y el Lic. Robert William Ramírez Solano, Abogado Asistente, concluyen lo siguiente:


 


- Con fundamento en lo expuesto, queda evacuada la consulta formulada respecto del proyecto de Ley N° 21.591.