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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 175
 
  Opinión Jurídica : 175 - J   del 23/11/2020   
 
Resumen

OJ-175-2020


 


SOBRE LA ADMISIBILIDAD DE LAS CONSULTAS DE LAS SEÑORAS Y LOS SEÑORES DIPUTADOS. LA DES-INSCRIPCIÓN DE VEHÍCULOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTÁ SUJETA AL ACTO ADMINISTRATIVO PREVIO QUE DECLARA LA BAJA DEL BIEN. DESUSO, INSERIVIBLE Y MAL ESTADO DE UN BIEN, MANEJO DE LA CHATARRA CONFORME LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS N° 8839.


 


Mediante oficio AL-21147-CPSN-OFI-0108-2020 del 09 de setiembre de 2020 de la Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico somete a consulta de la Procuraduría General de la República el Proyecto de Ley tramitado por expediente legislativo N° 21.147 denominado “Ley para el aprovechamiento y disposición de los vehículos automotores de uso policial, servicios de seguridad, prevención y emergencia y de investigación”.


 


Al no estarse de los supuestos de consulta ordinarios previsto en la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, con un afán de colaboración y por un prurito de deferencia hacia el Poder Legislativo, este Órgano Superior Consultivo atiende la consulta formulada en razón de la existencia de un evidente interés público y sin perjuicio de que la opinión jurídica carece de un carácter vinculante.


 


Hacemos la observación que en su momento, mediante la Opinión Jurídica OJ-151-2019 del 03 de noviembre de 2019 nos habíamos pronunciado sobre este proyecto de Ley, aun así, dada la nueva consulta, se hará referencia a aquellos aspectos que se considera relevantes adicionar o resaltar ante la colaboración requerida por los Señores y Señoras Diputadas.


 


Es importante subrayar que la versión del proyecto de ley sometido a consulta corresponde al texto actualizado al 30 de julio de 2020.


 


Con la aprobación del Procurador General de la República, mediante la Opinión Jurídica OJ-175-2020, el Lic. Jorge Andrés Oviedo Álvarez, Procurador Adjunto, y el Lic. Robert William Ramírez Solano, Abogado Asistente, concluyen lo siguiente:


 


- Con fundamento en lo expuesto, queda evacuada la consulta formulada respecto del proyecto de Ley N° 21.147.