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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 183
 
  Opinión Jurídica : 183 - J   del 08/12/2020   
 
Resumen

OJ-183 -2020


 


DEROGACIÓN EXPRESA DE LEYES.DEROGACIÓN TÁCITA DE LEYES.LEYES CADUCAS.LEYES OBSOLETAS


 


  Mediante oficio AL-CPAJ-OFI-0090-2018 de 23 de julio de 2018, la Sra. Nery Agüero Montero, de la Jefa de Área de Comisiones Legislativas VII, Departamento de Comisiones Legislativas, de la Asamblea Legislativa, consulta sobre el proyecto de ley denominado “Derogatoria de leyes caducas o históricamente obsoletas para la depuración del Ordenamiento Jurídico (Quinta Parte), que se tramita en el expediente número 19.085 en la Asamblea Legislativa.


 


  El Sr. José Francisco Salas Ruiz, procurador del área de Derecho Informático y Director del Sistema Nacional de Legislación Vigente, luego del análisis del texto, explica la conveniencia de aprobar este proyecto, según se expone en las siguientes conclusiones:


 


CONCLUSIONES:


 


Hemos investigado y estudiado las novecientos noventa y siete leyes que se incluyen en el proyecto de ley denominado “Derogatoria de leyes caducas o históricamente obsoletas para la depuración del Ordenamiento Jurídico (Quinta Parte)”, el cual se tramita en el expediente legislativo No.19.085. Como se puede concluir de las observaciones que insertamos, hemos recomendado la derogación de la totalidad de ellas en el tanto se trata de normas que se encuentran tácitamente derogadas por el moderno bloque de legalidad que impera en nuestro país, o bien, por tratarse de leyes que han caído en desuso, o simplemente fueron emitidas para resolver los problemas de la época con los cuales la Asamblea Legislativa tuvo que lidiar en ese momento, pero que, por tratarse de temas puntuales, son inaplicables en la actualidad. En todo caso, como recomendación general, consideramos que es el legislador quien en última instancia deberá verificar si las normas jurídicas incluidas en este proyecto de ley ya cumplieron la función particular para las cuales fueron emitidas; si fueron elaboradas para regular o paliar una situación específica en un momento histórico determinado; si el paso del tiempo ha hecho que la ley carezca ya de vigencia; o si la situación concreta a la cuál iba dirigida fue solventada debidamente en su momento, según corresponde a las funciones otorgadas por la Constitución Política a la Asamblea Legislativa.