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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 247
 
  Dictamen : 247 del 29/06/2020   
 
Resumen

C-247-2020


 


MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POAS.LEY DE FORTALECIMIENTO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS N°9635


 


La Señora Roxana Chinchilla Fallas Secretaria Concejo Municipal de la Municipalidad del Cantón de Poas remitió a este órgano asesor el oficio MPO-SCM-326-2019 mediante el cual transcribe el Acuerdo N°2158-07-2019, en el cual se acuerda consultar a la Procuraduría General de la República, si dentro del marco de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas N°9635, se debe de aplicar el impuesto del 13% por arrendamiento a los locales comerciales del Mercado Municipal u otro tipo de locales comerciales de la Municipalidad.


 


Esta Procuraduría en su dictamen C-247-2020, de fecha 29 de julio de 2020 suscrito por el Licenciado Juan Luis Montoya Segura Procurador Tributario arribó a la siguiente conclusión:


 


·         Teniendo en cuenta lo antes expuesto, y considerando que la Ley N°6826 y la reforma que introduce el Título I de la Ley N°9636 no hace distinción alguna en cuanto al tipo de arrendamiento que exceptúa del hecho imponible, y al ser conceptuado el arrendamiento de locales en los mercados municipales como un arrendamiento puro y simple a tenor de la Ley N°7027 y el Reglamento de Arrendamiento de Locales Municipales emitido por la Municipalidad de Poas, no queda más que admitir que también ese tipo de arrendamiento se encuentra gravado con el impuesto sobre el valor agregado.