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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 105
 
  Opinión Jurídica : 105 - J   del 01/08/2022   
 
Resumen

PGR-OJ-105-2022


 


USO DE PERRO GUÍA. LIBERTAD DE ACCESO. PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL. POTESTAD SANCIONATORIA. POTESTAD TRIBUTARIA. RESERVA DE LEY.


 


La licenciada Daniella Agüero Bermúdez, Jefe de Área de las Comisiones Legislativas VII y VIII de la Asamblea Legislativa solicita nuestro criterio sobre el proyecto de ley denominado “Ley para Regular el Uso, Deambulación y Permanencia de los Perros Guía para Personas Ciegas y Perros de Asistencia para Personas con Discapacidad”, el cual se tramita bajo el número de expediente 22.955, en la Comisión Permanente Especial de Asuntos de Discapacidad y Adulto Mayor.


  Mediante opinión jurídica PGR-OJ-105-2022 del 01 de agosto 2022, suscrita por la Procuradora Silvia Patiño Cruz, se concluyó lo siguiente:


 


a)      El proyecto de ley pretende regular el libre acceso de las personas con discapacidad visual usuarias de perros guía, objetivo que ya se encuentra regulado en la Ley del Patronato Nacional de Ciegos, N.° 2171 del 30 de octubre de 1957 y sus reformas, la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad N.°7600 del 2 de mayo de 1996 y en su reglamento, Decreto Ejecutivo N.° 26831 del 23 de marzo de 1998. Por tanto, si el legislador opta por aprobar la legislación especial que propone, se recomienda considerar su efecto sobre las normas vigentes y garantizar su uniformidad;


b)      El proyecto de ley no es claro en cuanto a cuál autoridad o entidad ejercerá cada una de las competencias que regula ni quién ejercerá la potestad sancionatoria que se propone, por lo que debe mejorarse su redacción para evitar problemas futuros de aplicación de la ley;


c)      Si bien la potestad tributaria es materia de reserva legal, se recomienda señalar expresamente cuáles son los tributos que se pretenden exonerar con la aprobación de esta iniciativa;


d)      La aprobación o no del proyecto se enmarca dentro del ámbito de discrecionalidad del legislador, sin embargo, se recomienda mejorar la técnica legislativa en los aspectos aquí señalados.