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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 252
 
  Dictamen : 252 del 17/11/2022   
 
Resumen

PGR-C-252-2022


 


MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA. CONSULTA NO CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. dictamen C-017-2021 del 21 de enero del 2021, se mantiene vigente, especialmente por el aval constitucional dado recientemente a la normativa en él aludida y en los términos establecidos por la Sala Constitucional, en sus resoluciones 2021-11995 de las 16:31 horas del 26 de mayo del 2021 y la 2021-11996 de las 16:32 horas de la misma fecha. guarda relación con el art. 44 ter de la ley n.° 7472 y la ley n.° 9918 que adicionó un transitorio al artículo 44 ter de la ley n.° 7472.


 


Por medio del oficio N° MG-AG-03543-2022, de fecha 14 de julio del 2022, el señor Rafael Ángel Vargas Brenes, Alcalde de la Municipalidad de Goicoechea, solicitó el criterio de la Procuraduría General, en relación con lo siguiente:


 


“Es por ello, que requerimos expresa indicación de esta Procuraduría, respecto de si su previo dictamen C-017-2021 de 21 de enero del 2021, se mantiene en todos sus efectos, o ha sido reconsiderado por esta Procuraduría; y si en el caso de mantenerse vigente y en cumplimiento de los artículo (SIC) 44 ter de la Ley N.° 7472, denominada Ley de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, de 20 de diciembre de 1994, y de forma especial lo normado en el Transitorio adicionado al dicho artículo 44 ter por el artículo 3“ de la Ley N.° 9918, debe este Municipio, en su condición de patrono, deducir del salario de los trabajadores, sin límite alguno, todas las operaciones de crédito constituidas antes de la entrada en vigencia de la “Ley contra la Usura" n.° 9859 de 16 de junio del 2020, independiente de que el acreedor sea una organización de base asociativa social sin fines de lucro, o que se trate de una casa comercial, de una financiera, de una institución bancada, (SIC) etc”.


 


Con la aprobación de la Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora General Adjunta de la República, se emitió el dictamen PGR-C-252-2022 del 17 de noviembre del 2022, por parte de la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora adjunta y la Licda. Engie Vargas Calderón, Abogada de Procuraduría, mediante el cual se concluyó:


 


“Luego de un exhaustivo análisis, este órgano consultivo concluye que la presente gestión resulta inadmisible. Y, por ende, se deniega su trámite y se archiva.


 


A pesar de lo anterior, en un afán de colaborar con el consultante, es relevante precisar que nuestro dictamen C-017-2021 del 21 de enero del 2021, se mantiene vigente, especialmente por el aval constitucional dado recientemente a la normativa en él aludida y en los términos establecidos por la Sala Constitucional, en sus resoluciones 2021-11995 de las 16:31 horas del 26 de mayo del 2021 y la 2021-11996 de las 16:32 horas de la misma fecha”.