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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 171
 
  Dictamen : 171 del 14/05/1984   
 
Resumen

C-171-84


 


CONFEDERACIÓN COSTARRICENSE DE TARABADORES DEMOCRÁTICOS. CONSEJO DE SALUD OCUPACIONAL.REPRESENTATIVIDAD  SINDICAL. REMOCIÓN DE FUNCIONARIOS


 


Con la aprobación del señor Procurador General de la República no es grato referirnos a su oficio ACTRI-214 de 29 de febrero de 1984, en el cual consulta lo siguiente:


 


Si procede legalmente la remoción del señor Guido Núñez Román, como miembro-representante de los trabajadores por parte de la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (C.C.T.D.), ante el consejo de Salud Ocupacional, órgano técnico  adscrito al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, creado mediante ley 6727 de 8 de mayo de 1982. Ello por cuanto dicho señor ya no ostenta cargo de dirigencia en esa Confederación, además de haber sido separado de la misma, porque su sindicato base, el SITET, a su vez ya no forma parte de la Confederación citada, por haberse desafiliado de ella.


 


En caso de ser afirmativa la respuesta (procede a removerlo), a quién corresponderá  sustituir por el resto del período al citado miembro representante de la Confederación dicha.


 


Esta Procuraduría, en dictamen N° C-171-1984 de 14 de mayo de 1984, suscrito por el Procurador Lic. Ricardo Vargas Vásquez y Lic. Juan José Soto Cervantes Asistente de Procurador, concluye que:


 


En fundamento en lo expuesto, esta Procuraduría es del criterio de que la situación presentada en el representante, no faculta al Poder Ejecutivo para removerlo en su cargo.