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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 084
 
  Dictamen : 084 del 25/04/2023   
 
Resumen

PGR-C-084-2023


 


INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS. AUDITORÍA INTERNA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. PLAN DE TRABAJO. CASO CONCRETO. DENUNCIA. IMPROCEDENCIA DE REVISAR ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. INADMISIBILIDAD.


 


La Auditoría Interna nos efectuó una consulta que tiene relación con un nombramiento interino que fue realizado en el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA).


 


Específicamente, nos consultó si de acuerdo con lo dispuesto en la Convención Colectiva del 2019 y el Reglamento Autónomo de Servicio del AyA, puede esa institución nombrar “…en una plaza vacante de forma interina a una persona ajena a la institución (la cual no es funcionario del AyA ni servidor público) durante la elaboración de los Concursos Internos y/o Externos institucionales? ¿El Reglamento Autónomo de Servicio y la Convención Colectiva permite nombrar interinamente a personal reclutadas externamente, aunque sean normativa interna…”.


 


Esta Procuraduría, en su dictamen PGR-C-084-2023 del 25 de abril del 2023, suscrito por el Procurador Julio César Mesén Montoya, y por Mariela Villavicencio Suárez, abogada de Procuraduría, señaló que la consulta que se nos formuló resulta inadmisible, pues no indicó ni justificó cuál es la relación directa que tiene lo cuestionado con el cumplimiento de los objetivos y fines del Plan de Trabajo de esa Auditoría. Por lo tanto, no fue posible precisar si la interrogante planteada tiene relación directa con el ejercicio de sus competencias. 


 


Aunado a ello, luego del análisis detallado de la documentación que se adjuntó a la consulta, fue posible constatar que la gestión planteada está ligada a un caso concreto, situación que generó la interposición de la denuncia DE-0021-2022 del 7 de setiembre de 2022, ante la Auditoría consultante.  Es claro, además, que se nos solicitó, implícitamente, valorar la validez de una decisión ya adoptada por esa Institución Autónoma, como lo es, un nombramiento específico, lo que escapa de nuestra competencia asesora.