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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 097
 
  Dictamen : 097 del 09/05/2023   
 
Resumen

PGR-C-097-2023


 


INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS. AUDITORÍA INTERNA. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. PLAN DE TRABAJO. CASO CONCRETO. IMPROCEDENCIA DE REVISAR ACTUACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.  CONSULTA DE AUDITORES. EFECTO VINCULANTE DE DICTÁMENES. INADMISIBILIDAD.


 


La Auditoría Interna nos formuló varias consultas que tienen relación con el procedimiento de atención de denuncias interpuestas ante el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA). Las preguntas concretas que se nos formularon fueron las siguientes:


 


         “a. Conforme el bloque de legalidad la Administración Activa debe investigar las denuncias que le ingresan directamente a ella o las que le ingresan a ella y en forma simultánea a la Auditoría Interna, o con copia a esta última? ¿La Administración Activa tiene una imposibilidad legal de realizar investigaciones preliminares de las denuncias que le ingresan directamente a ella o las que le ingresan a ella, en forma simultánea a la Auditoría Interna, o con copia a esta última? 


         b. ¿Conforme el bloque de legalidad la Administración Activa, como la responsable directa del sistema de control interno (ver componente de monitoreo), puede instruir comisiones investigadoras cuando conoce cualquier acción u omisión en contra el bloque de legalidad o que cause un daño a la Hacienda Pública o solo puede trasladar los casos a la Auditoría Interna?


         c. ¿Conforme el bloque de legalidad la Administración Activa como la responsable directa del sistema de control interno puede presentar ante el Ministerio Público informes de investigaciones preliminares por presuntos hechos irregulares contra la Hacienda Pública de parte de ex miembros o miembros de las Juntas Directivas de las Asociaciones Administradoras de Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales o tienen una imposibilidad legal de realizar las investigaciones preliminares y por ende, solo debe trasladar las denuncias recibidas por la Administración Activa a la Auditoría Interna?


         d. ¿La Administración Activa puede aducir que solo la Auditoría Interna puede atender denuncias porque la Contraloría General de la República emitió el documento “LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES Y RECOMENDACIONES EMITIDAS POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA EN SUS INFORMES DE AUDITORÍA” a pesar de que dichos lineamientos norman lo contrario en sus acápites 2.2 (inciso b) y 2.3 (inciso b)?”


 


 


Esta Procuraduría, en su dictamen PGR-C-097-2023 del 9 de mayo del 2023, suscrito por el Procurador Julio César Mesén Montoya, y por Mariela Villavicencio Suárez, abogada de Procuraduría, arribó a la conclusión  de que la consulta que se nos formuló resulta inadmisible pues, tal y como señalamos en el dictamen PGR-C-084-2023 del 24 de abril de 2023, dirigido precisamente a la Auditoría consultante, las gestiones que se nos planteen deben estar necesariamente ligadas al contenido del Plan de Trabajo Anual.  En esta ocasión, no se indicó cómo las consultas formuladas se relacionan o vinculan con los objetivos y fines de ese Plan, o bien con el ámbito de sus competencias.


 


Aunado a ello, luego del análisis detallado de la consulta se observó que el tema apunta directamente a un caso concreto que surge de diferencias de criterio entre la Gerencia General, la Dirección Jurídica y la Auditoría del AyA con respecto al tema en consulta.  Implícitamente, se requiere que valoremos esos criterios y que emitamos un pronunciamiento vinculante para la Administración activa, situación que, como ya hemos señalado, resulta improcedente.