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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 162
 
  Dictamen : 162 del 01/09/2023   
( RECONSIDERADO DE OFICIO PARCIALMENTE )  
 
Resumen

PGR-C-162-2023


 


SESIONES VIRTUALES. IMPOSIBILIDAD DE REALIZARLAS DE MANERA ORDINARIA. ESTADO DE NECESIDAD Y URGENCIA.


 


Las señoras Marielos Hernández Mora, Presidenta Municipal y Marisol Calvo Sánchez,


Secretaria Municipal de la Municipalidad de Moravia remiten el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Moravia en la sesión ordinaria N.°148 del 27 de febrero de 2023, en la cual se aprobó consultarnos lo siguiente:


 


“(...) es posible que, fuera de un estado de emergencia nacional o cantonal por situaciones de necesidad o urgencia, motivadas en circunstancias sanitarias, guerra, conmoción interna o calamidad pública, las sesiones de las comisiones permanentes y especiales del Concejo Municipal se puedan realizar ordinariamente en forma virtual, ello tomando en consideración que existen los elementos tecnológicos suficientes para garantizar la autenticidad e integridad de la participación, voluntad y la conservación de lo actuado, así como para garantizar las condiciones para asegurar el acceso pleno a las sesiones a todas las personas integrantes las mismas (...)”.


 


  Mediante dictamen PGR-C-162-2023 del 01 de setiembre del 2023, suscrito por la Procuradora Silvia Patiño Cruz, se concluyó lo siguiente:


 


a)      A partir de lo dispuesto en el numeral 53 de la Ley General de la Administración Pública y 37 y 37 bis del Código Municipal, así como de la reiterada jurisprudencia administrativa de este órgano asesor, la posibilidad de sesionar en forma virtual queda reservada únicamente para situaciones excepcionales;


b)      En el ámbito municipal, debe entenderse que dichas sesiones virtuales quedan autorizadas únicamente bajo supuestos de estados de necesidad y urgencia, ocasionado por circunstancias sanitarias, de guerra, conmoción interna y calamidad pública y exista una declaración de estado de emergencia nacional o cantonal;


c)      Según las normas legales vigentes, dichos supuestos de excepcionalidad aplican al Concejo Municipal, a los concejos municipales de distrito, a las comisiones municipales y a las municipalidades en general;


d)      Ergo, las comisiones permanentes y especiales no pueden sesionar virtualmente de manera ordinaria, sino únicamente bajo los supuestos autorizados por el legislador, hasta tanto no exista una reforma legal expresa que autorice otros supuestos.