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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 209
 
  Dictamen : 209 del 15/11/2023   
 
Resumen

PGR-C-209-2023


 


Auditoría Interna, Instituto Mixto de Ayuda Social. consultas planteadas por los auditores internos y sus requisitos. EXPERIENCIA PROFESIONAL. REQUISITOS PARA SU OBTENCIÓN. GRADOS ACADÉMICOS. Manual descriptivo de cargos. Manual descriptivo de clases.


 


Por oficio IMAS-CD-AI-535-2022 de fecha 18 de noviembre de 2022, la señora Marianela Navarro Romero, Auditora Interna del Instituto Mixto de Ayuda Social, solicita el criterio de la Procuraduría General, en relación con las siguientes interrogantes:


 


“En los concursos que realiza el IMAS para llenar las plazas vacantes en puestos de nivel profesional, cuando en el Manual de Puestos se hace referencia a “…años de experiencia en labores relacionadas con el cargo…”, o “…experiencia en labores profesionales relacionadas con el puesto, con la especialidad de este o bien con su formación profesional”, ¿debe entenderse por cumplida aquella experiencia obtenida SOLO cuando se tiene el grado profesional respectivo y además de ello haber estado incorporado al Colegio profesional?.


¿La experiencia obtenida en labores profesionales relacionadas con el cargo, sin que se haya estado incorporado al Colegio respectivo, no debe computarse para optar para el cargo profesional en concurso?”


 


Mediante el dictamen PGR-C-209-2023 del 15 de noviembre del 2023, suscrito por la Licda. Yansi Arias Valverde, Procuradora Adjunta, y la Licda. Xitlali Espinoza Guzmán, Abogada de Procuraduría, con la aprobación del señor Procurador General de la República, se concluyó:


 


“1.- En orden a la primera consulta, la incorporación al colegio profesional respectivo es un requisito que se exige, en ciertas clases de puestos, para que el ejercicio de la profesión sea válido; sin embargo, la ausencia de incorporación no es impedimento para adquirir experiencia profesional.


 


2.- La experiencia profesional que es útil para el acceso a un puesto es aquella que cumpla simultáneamente dos requisitos: 1) haber sido acumulada después de la obtención del grado académico mínimo de bachiller universitario; y, 2) haber sido obtenida en la ejecución de tareas de naturaleza profesional; es decir, ambos requisitos deben estar presentes para que se valide y se reconozca la experiencia profesional exigida para un puesto.


 


3.- Los Manuales descriptivos de cargos y clases del IMAS, según refiere la señora Auditora, indican expresamente que los años de experiencia deben ser en labores profesionales relacionadas con el puesto, con la especialidad de este o bien con su formación profesional, así como en labores relacionadas con el cargo. Ergo, esa experiencia, necesariamente, debe ser atinente a cada clase de puesto profesional.


 


4.- En consecuencia, conforme se especificó en el dictamen PGR-C-347-2021 citado, la experiencia debe estar relacionada con la realización de actividades profesionales que permitan emplear los conocimientos obtenidos en la rama académica respectiva. De ahí que no cualquier función, tarea o actividad, puede servir para acreditar la experiencia profesional.


 


5.- En relación con la segunda interrogante, la ausencia de incorporación no es óbice para adquirir experiencia profesional, por cuanto dependerá de cada clase de puesto y lo definido por el IMAS a nivel interno, tanto en el Manual descriptivo de cargos como el Manual descriptivo de clases, así como en el propio concurso -cuyas reglas deben estar claramente establecidas-.


 


6.- Además, los manuales constituyen el marco jurídico que establece las especificaciones, descripciones y requerimientos de un grupo de puestos asignados a una clase determinada; de ahí que resulte importante que esos aspectos estén claramente regulados, pues estos instrumentos técnicos integran el bloque de legalidad. (Dictamen C-019-2020 señalado)


 


7.- En consecuencia, dependiendo de los requisitos que al efecto exija el IMAS, mediante los Manuales descriptivos de cargos y clases institucional, se podrá determinar los requisitos de formación académica requerida para ocupar cada uno en particular, si se requiere experiencia en labores relacionadas con el puesto y qué tipo; así como, si se exige la incorporación al colegio profesional respectivo, en aquellos casos en que sea un requisito legal exigido por dicha entidad para el ejercicio del correspondiente grado profesional”.