Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 174 del 06/08/2024 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 174
 
  Dictamen : 174 del 06/08/2024   
 
Resumen

PGR-C-174-2024


 


CONSULTA SOBRE PROYECTOS DE LEY. MATERIA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA. NO DEBEMOS PRONUNCIARNOS EN RAZÓN DE LA COMPETENCIA PREVALENTE DE LA CGR Y DE LA DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE HACIENDA.  


                                   


La Asamblea Legislativa consultó nuestra opinión sobre el proyecto denominado “REFORMA AL INCISO E) DEL ARTÍCULO 2 DE LA LEY GENERAL DE CONTRATACIÓN PÚBLICA, LEY 9986, DE VEINTISIETE DE MAYO DE 2021”, que se tramita bajo el expediente N° 24.215.


 


Mediante dictamen PGR-C-174-2024 de fecha 7 de agosto de 2024 suscrito por Andrea Calderón Gassmann, Procuradora, indicamos que el proyecto de ley que se consulta pretende reformar la Ley General de Contratación Pública (N° 9986 de 27 de mayo de 2021) en relación con el inciso e), relativo a los acuerdos celebrados con otros Estados o sujetos de derecho internacional público de carácter humanitario, los cuales se rigen por el derecho internacional público.


 


En este caso, la competencia consultiva en esa materia debe ser ejercida por la Contraloría General de la República, y, de conformidad con los artículos 128 y 129 de la Ley 9986, por la Dirección de Contratación Pública del Ministerio de Hacienda, cuando así corresponda.  En consecuencia, teniendo en cuenta la materia sobre la cual versa el proyecto consultado –y a la luz de una mejor ponderación que ya dejamos establecida en nuestros pronunciamientos números PGR-C-067-2024 y PGR-C-068-2024, ambos de fecha 22 de abril de 2024, en congruencia con la posición que hemos sostenido desde larga data, por vía de dictámenes–, lo apegado al marco de nuestras competencias es que no rindamos un criterio, aún y cuando sea mediante una opinión jurídica no vinculante, sobre materias que están reservadas por ley a otros órganos del Estado.


 


En este caso, la motivación del proyecto señala que la jurisprudencia administrativa de esta Procuraduría General ha analizado el inciso b) del numeral 2 de la anterior LCA (dictamen C-305-2009, reiterado por mediante nuestro dictamen C-110-2022). Sobre el particular, valga indicar que no se ha emitido algún otro pronunciamiento más reciente que se haya referido a ese último dictamen. No obstante, igual recomendamos la revisión del dictamen N° PGR-C-070-2023 fechado 11 de abril de 2023, mediante el cual desarrollamos una serie de consideraciones atinentes a la diferencia entre convenios de cooperación y contratos administrativos.


 


Valga acotar que, en todo caso, igualmente en ese último dictamen hicimos la salvedad respecto de la competencia prevalente de la Contraloría General en esta materia.