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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 106
 
  Opinión Jurídica : 106 - J   del 20/09/2024   
 
Resumen

PGR-OJ-106-2024.


 


PROYECTO DE LEY NO 24119. MATERIAS RESERVADAS, LEGAL Y CONSTITUCIONALMENTE A LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.


 


La señora Éricka Ugalde Camacho, de las Comisiones Legislativas III, Asamblea Legislativa, mediante oficio no. AL-CPAJUR-0242-2024 de 12 de setiembre de 2024, nos comunicó que la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos requirió nuestro criterio sobre el proyecto de ley no. 24119, denominado “LEY PARA AUTORIZAR AL MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADO A DAR EN CUSTODIA O ADMINISTRACIÓN DE SUJETOS PRIVADOS, FONDOS Y ACTIVIDADES PÚBLICAS (REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 4788 DE 5 DE JULIO DE 1971, CREA EL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Y SUS REFORMAS).”


 


La Procuraduría en Opinión Jurídica PGR-OJ-106-2024 de 20 de setiembre de 2024 concluyó que es inadmisible la consulta porque:


 


El artículo 5° de nuestra Ley Orgánica dispone que no son consultables los asuntos propios de los órganos administrativos que posean una jurisdicción especial establecida por ley, por ello, uno de los requisitos de admisibilidad de las consultas es que éstas no versen sobre materias cuyo conocimiento sea competencia de otro órgano. En el presente caso, la Procuraduría no puede rendir su criterio sobre materias reservadas, legal y constitucionalmente, a la Contraloría General de la República.


 


En virtud del artículo artículo 4° inciso b) de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (no. 7428 de 7 de setiembre de 1994), artículo 5 y de que los artículos siguientes hacen referencia a la competencia de la Contraloría sobre los sujetos privados que reciben fondos públicos y la posibilidad de emitir los lineamientos y criterios que correspondan para el ejercicio de ese control, es ese órgano contralor el competente para referirse a un proyecto de ley como el presente, el cual, justamente, nace a raíz de una disposición de la Contraloría.


 


Por tanto, la consulta del proyecto de ley no. 24119, denominado “LEY PARA AUTORIZAR AL MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD Y SUS ÓRGANOS DESCONCENTRADO A DAR EN CUSTODIA O ADMINISTRACIÓN DE SUJETOS PRIVADOS, FONDOS Y ACTIVIDADES PÚBLICAS (REFORMA PARCIAL A LA LEY N° 4788 DE 5 DE JULIO DE 1971, CREA EL MINISTERIO DE CULTURA, JUVENTUD Y DEPORTES Y SUS REFORMAS)”, es inadmisible.