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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 158
 
  Dictamen : 158 del 27/08/1997   
 
Resumen

C-158-97


PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE IRRETROACTIVIDAD. CARRERA PROFESIONAL


   Consulta el Presidente de RECOPE si, con ocasión de la promulgación del decreto N.º 24105-H, es menester "valorar de nuevo" reconocimientos anteriores por concepto de "carrera profesional".


   El Dr. Luis Antonio Sobrado González, Procurador Fiscal, apunta que se encuentran en juego actos administrativos declaratorios de derechos; actos que en su oportunidad fueron adoptados sobre la base de potestades de carácter reglado y que aparecen expresados en las correspondientes resoluciones administrativas, acciones de personal y documentos equivalentes. En consecuencia, dichos actos no podrían ser objeto de revocación (que sólo procede en relación con actos discrecionales según el numeral 156 de la Ley General de la Administración Pública) y se encuentran protegidos por el principio de intangibilidad de los actos propios de cara a su eventual anulación. En consecuencia, los actos administrativos que efectuaron reconocimientos salariales bajo el concepto de "carrera profesional" no pueden ser revocados por la Administración; la única hipótesis en que podrían resultar afectados es que su otorgamiento estuviere viciado de modo absoluto, evidente y manifiesto, lo que no se produce por la sola circunstancia de haberse producido un cambio en el régimen legal aplicable. Además, es claro que si determinada persona obtuvo algún beneficio en concepto de "carrera profesional" con base en la normativa que derogó el decreto Nº 24105-H y tal beneficio fue reconocido antes de la publicación de este último, dicha persona goza de un derecho adquirido que no puede ser afectado con la nueva regulación sin violar con ello un derecho fundamental de su titular. Por lo dicho, se concluye que los reconocimientos de pluses  salariales en concepto de "carrera profesional" que se hayan producido antes del 28 de marzo de 1995, no pueden resultar afectados por la promulgación del decreto ejecutivo Nº 24105-H.