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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 198
 
  Dictamen : 198 del 27/11/1992   
 
Resumen

C-198-1992


DERECHOS DE AUTOR. ASOCIACIÓN DE COMPOSITORES Y AUTORES MUSICALES DE COSTA RICA. CONTRATO DE RECIPROCIDAD.


La Licda. Lilliana Alfaro Rojas, Directora del Registro de la Propiedad Intelectual, en oficio de 22 de octubre, complementado por nota del 17 de noviembre de 1992, consulta una serie de aspectos en orden a la inscripción de los contratos de representación de autores para ejercer los derechos patrimoniales de éstos, suscritos por una asociación.


La Dra. Magda Rojas, Procuradora Asesora, en dictamen C-198-92 de 27 de noviembre siguiente, evacúa la consulta señalando:


1-. De conformidad con la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, el organismos representante de los autores debe ser una sociedad, persona jurídica sujeta a un régimen jurídico no asimilable a aquél de las asociaciones.


2-. De modo que aun cuando de la Ley de Asociaciones pueda desprenderse que una asociación puede ejercer una actividad de defensa patrimonial de los derechos de sus asociados, es lo cierto que el ámbito de actividad de esas asociaciones es limitado por la Ley de Derechos de Autor.


3-. Por otra parte, aun cuando fuera posible esa actuación de parte de la asociación es lo cierto que para representar a asociaciones extranjeras, se requiere que estas últimas se incorporen a nuestro ordenamiento (artículo 16 de la Ley de Asociaciones).


4-. La suscripción de contratos de representación presupone que se establezcan quiénes son los socios de la sociedad y las obras protegidas.


5-. Para la inscripción de los referidos contratos presupone el comprobar la condición con que se actúa para lo cual deberán presentarse los poderes correspondientes. Si estos han sido extendidos en el país, deben reunir los requisitos exigidos por nuestro ordenamiento. Y si han sido emitidos en el extranjero, los poderes deben cumplir las formalidades propias del ordenamiento que lo rige, así como aquéllas exigidas por nuestra legislación para que surtan efectos en el país.