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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 107
 
  Dictamen : 107 del 09/07/1992   
 
Resumen

C-107-1992


BANCO NACIONAL DE COSTA RICA. CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN SOLIDARISTA. FONDO DE AHORRO Y CESANTÍA. TRASLADO DE CUOTAS PATRONALES A ASOCIACIÓN SOLIDARISTA. PRINCIPIO DE LEGALIDAD.


Mediante Oficio S.G.A.-138-92 de fecha 12 de febrero del año en curso nos consulta el señor Hubert Brenes, Sub Gerente del Banco Nacional de Costa Rica acerca de la factibilidad de crear una asociación solidarista conformada por los empleados del Banco Nacional de Costa Rica; asimismo si es factible que las sumas de dinero que el Banco destina en la actualidad al pago del auxilio de cesantía sean entregadas como cuota patronal para la conformación de esta asociación. El Lic. Roberto Montero, Procurador Constitucional, mediante Oficio C-107-92 de 9 de julio de 1992 manifestó que sí es posible que los empleados del Banco Nacional de Costa Rica -que así lo deseen- puedan constituir una asociación solidarista; lo que no es posible, aplicando el principio de legalidad que rige las actuaciones de toda la Administración Pública, es que el Banco traspase el fondo de prestaciones existentes, como cuota patronal, para la conformación de esta asociación, por no existir texto legal en nuestro ordenamiento que así lo autorice.