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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 153
 
  Dictamen : 153 del 18/09/1992   
 
Resumen

C-153-1992


TRABAJADOR DEL SERVICIO EXTERIOR. EXONERACIÓN DE IMPUESTOS A BIENES IMPORTADOS. PRINCIPIO DE IRRETROACTIVIDAD DE LA NORMA TRIBUTARIA.


El Ing. Rodolfo Méndez Mata, Ministro de Hacienda, mediante oficio Nº 2983 de fecha 1º de setiembre de 1992, consulta sobre la procedencia de la aplicación de las exoneraciones que resultaron derogadas en virtud de la Ley 7293 del 30 de marzo de 1992, a favor de los funcionarios del Servicio Exterior de la República, nombrados con anterioridad a la vigencia de la mencionada Ley.


El Lic. Juan Luis Montoya Segura, Procurador Adjunto, en dictamen C-153-92 de 18 de setiembre de 1992, después de citar jurisprudencia y doctrina atinente a "derechos adquiridos" y "situaciones jurídicas consolidadas", concluye que del análisis del art. 27 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y art. 13 del Reglamento de la Contraloría General de la República, a los funcionarios del Servicio Exterior nombrados antes de la entrada en vigencia de la Ley 7293 les asiste el derecho de internar exento del pago de los impuestos de aduana y de consumo el menaje de casa, equipaje y el vehículo de uso particular. En cuanto al vehículo, el mismo debe tener seis meses de uso por parte del diplomático antes de la internación.