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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 273
 
  Dictamen : 273 del 24/11/1986   
 
Resumen

C-273-1986


PROHIBICION DE FUMAR EN OFICINAS PÚBLICAS. DERECHO A LA SALUD.


            Mediante pronunciamiento N° C-273-1986, esta procuraduría atiende consulta sobre la posibilidad de restringir o prohibir el fumado dentro de las instalaciones del Ministerio de Justicia.


            La salud es un derecho humano esencial que debe ser tutelado ampliamente por el Estado. En nuestro ordenamiento jurídico podemos señalar tres niveles de protección: el constitucional, el legal y el decreto ejecutivo.


            Quiere decirse que los servidores públicos, durante el ejercicio de sus competencias, deben observar y cumplir los preceptos constitucionales y legales que legitiman su conducta administrativa, sin violentar el orden público, constituido por: tranquilidad, seguridad y salubridad. La salubridad se entiende referida a la protección de la salud pública; por ejemplo la prevención de enfermedades, demostrada con los efectos dañinos del fumado y la contaminación ambiental que se produce.


            El fumar por parte del servidor público durante la realización de su trabajo, constituye un quebrantamiento de la salud pública que se debe proteger. De tal manera, los servidores públicos -y también quienes no lo son, tienen prohibición absoluta de fumar en las dependencias públicas.


            Resulta entonces que, es un deber esencial e ineludible del servidor público, ser diligente en el mantenimiento de un ambiente apropiado para su salud, la de los usuarios y demás personas que eventualmente entren en contacto con ese ambiente, pues fumar durante el desarrollo de la función pública, definitivamente violenta el elemento salubridad que integra el orden público.


            La ciencia médica ha demostrado que el fumado perjudica gravemente la salud, tanto del fumador, como de las personas que entran en contacto con un ambiente contaminado por el humo de cigarrillos. Como consecuencia, es obligación de la Administración Pública y de sus servidores, preservar un ambiente apropiado y sano para el desarrollo de la actividad estatal, por parte de toda la comunidad nacional.