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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 105
 
  Dictamen : 105 del 26/05/1999   
( RECONSIDERADO )  
 
Resumen

C-105-99


 


COMISIÓN NACIONAL DE PRÉSTAMOS PARA LA EDUCACIÓN. DIETAS. ACTIVIDADES AFECTAS AL IMPUESTO SOBRE LA RENTA.


   El Sr Mario Saldívar R., Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Préstamos de Educación; mediante oficio S.E-80-99 de 7 de abril de 1999, solicita el criterio de la Procuraduría General de la República referente a si las dietas que perciben los directores de la Comisión Nacional de Préstamos ( CONAPE ) se encuentran sujetas al pago del impuesto previsto en los artículos 32 inciso b) y 23 inciso b) de la Ley de Impuesto sobre la Renta, o bien si dichas rentas se encuentran afectas al pago del impuesto sobre la renta ( utilidades ).


   Ahora bien, los miembros del Consejo Directivo de CONAPE no están sujetos al pago de impuesto previsto en el artículo 32 inciso b) de la Ley de Impuesto sobre la Renta y por ende no sujetos a la retención prevista en el inciso b) del artículo 23 del mismo cuerpo legal, ello por cuanto el legislador al establecer el impuesto sobre las dietas que perciban los ejecutivos, directores, consejeros y miembros de sociedades anónimas y otros entes jurídicos, hizo énfasis en que las mismas tuvieran su origen en una prestación de trabajo personal en condiciones de dependencia y subordinación.


   Tampoco estarán afectos al impuesto previsto en el artículo 1° de la Ley de Impuesto sobre la Renta (impuesto sobre las utilidades) toda vez que el objeto de dicho impuesto, lo constituyen las utilidades que se obtengan con ocasión del desarrollo de actividades lucrativas, ya sea por parte de personas jurídicas o de personas físicas que realicen actividades lucrativas, y es lo cierto que las dietas que devengan los miembros del Consejo Directivo de CONAPE no tienen tal origen. Queda en esta forma evacuada la consulta presentada.


   Con toda consideración suscribe el Lic. Juan Luis Montoya Segura, Procurador Tributario, mediante pronunciamiento C-105-99 con fecha de 26 de mayo de 1999.