Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Opinión Jurídica 100 del 24/08/1999 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Opinión Jurídica 100
 
  Opinión Jurídica : 100 - J   del 24/08/1999   
 
Resumen

OJ-100-99


BIENES PATRIMONIALES DEL ESTADO. COMPETENCIA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. COMPETENCIA RESIDUAL


   La Lic.Ma.Cecilia Mesén, Auditora Comunal de DINADECO, consulta sobre el procedimiento y el organismo competente para aplicar la sanción de pérdida del derecho a usar los vehículos oficiales que establece el artículo 5 de la Ley No.5691.


   La Lic. L.Lupita Chaves Cervantes, Procuradora Adjunta, señala que la Ley No.5691 ordenó a los poderes públicos reglamentar el uso de los vehículos oficiales y de someter a aprobación el respectivo reglamento, imponiéndose como sanción la pérdida del derecho a usar los vehículos oficiales por parte del ente infractor.


   Sobre el órgano competente para aplicar la sanción, se debe proceder a establecer la competencia residual que operaría bajo el análisis de la Ley No.3859 " Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad" para el jerarca superior de Dinadeco, sin excluir la competencia residual que operaría también para el jerarca superior del ente u órgano que ha transferido sus fondos públicos para la compra de los vehículos en cuestión o que ha donado los vehículos adquiridos con fondos públicos; sin que sea excluyente la competencia general de fiscalización de la Contraloría General de la República.