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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 042
 
  Dictamen : 042 del 10/03/1998   
 
Resumen

C-042-98


PERMISO MUNICIPAL DE CONSTRUCCIÓN. INGENIERO MUNICIPAL. VISADO DE PLANOS DE CONSTRUCCIÓN. SUSTITUCIÓN DEL TITULAR.


   Mediante dictamen C-42-98 se da respuesta a la Municipalidad de Oreamuno, la cual solicitó el pronunciamiento a que alude el artículo 175 del Código Municipal, porque presuntamente, la municipalidad infringió el párrafo final del artículo 83 de la Ley de Construcciones. La solicitud fue denegada porque la aplicación del principio general de que un acto administrativo es nulo porque infringe una ley, no es tan cierto cuando se atiende la cuestión de hecho o las circunstancias que empujaron a la municipalidad a tomar los acuerdos presuntamente nulos, que hacen presumir la validez de los actos cuestionados, debilitando el principio general de la nulidad, motivo por el cual esos actos deben mantenerse, atendiendo el "intencionalismo" de la norma cuya infracción se acusa, porque protegen la prioridad del interés público y porque no conculcan ningún derecho fundamental. El dictamen concluye que no estamos en un caso de nulidad absoluta que justifique el recurso de revisión previsto en el artículo 175 del Código Municipal.