Buscar:
 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 073 del 14/02/1984 >> Resumen
Internet
Año:
Buscar en:




Opciones:
Guardar
Imprimir


Ficha del Pronunciamiento
ß&Ø¥ß%
Resumen Dictamen 073
 
  Dictamen : 073 del 14/02/1984   
 
Resumen

C-073-84.


 


RADIOGRÁFICA COSTARRICENSE S.A. SOCIEDAD ANÓNIMA MIXTA. EMPRESA ESTATAL.


 


El señor Francisco Carrillo Gerente Radiográfica Costarricense S.A, mediante oficio GR-1762 de 19 de enero de 1984, consulta el criterio de este Organismo en relación con los siguientes aspectos:


 


a) Existe en nuestro sistema legal una normativa expresa sobre sociedades anónimas mixtas?


b) En caso afirmativo, es aplicable esa normativa a RACSA con exclusión de las normas referentes a las empresas estatales?


c) Caso negativo, se debe entender que "las sociedades anónimas mixtas" son una especie del género de las "empresas estatales"?


d) Cuáles serían los rasgos tipificantes de la "sociedad anónima mixta" frente al género "empresa estatal"?


e) Es aplicable a RACSA la normativa jurídica referente a las "empresas estatales"?


f) Está sujeta RACSA, como sociedad anónima mixta, a las disposiciones de la Ley de Creación de la Autoridad Presupuestaria?


g) Está sujeta RACSA, como sociedad anónima mixta, a la fiscalización que ejerce la Contraloría General de la República sobre las empresas estatales? y


h) Cuáles son la naturaleza, los alcances y los límites del control ejercido por la Contraloría General de la República sobre las actividades de las empresas estatales en general y sobre RACSA en particular?


RACSA es una empresa estatal, sino hay norma legal que expresamente indique que RACSA no está sujeta a los controles o límites establecidos en determinada Ley, no existirá fundamento para excluirla del control.


Es criterio de la Procuraduría que:


a) No existe en nuestro sistema legal una normativa expresa respecto de las sociedades anónimas mixtas. Estaremos ante este tipo de organización siempre que participen en su capital social el Estado o una de sus instituciones y particulares, sea persona física, sea persona jurídica. La organización se regirá por lo que disponga la ley de creación y la escritura de constitución;


b) Las sociedades anónimas mixtas constituyen empresas públicas, pero no pueden considerarse sociedades estatales, puesto que en su capital participan particulares; participación que se presenta, además, respecto de la administración de la sociedad, en la cual también participan particulares;


c) RACSA constituye una empresa estatal, puesto que su capital social pertenece un 50% al ICE y un 50% a la empresa Radiográfica Internacional S.A., la que a su vez pertenece íntegramente al ICE. Consecuentemente no es una empresa mixta y no puede pretender ajustarse a las disposiciones que se hayan emitido para ese tipo de organización;


ch) Dado que RACSA no es una sociedad anónima mixta procede afirmar que está sujeta a todas las disposiciones que regulen a las empresas estatales, salvo disposición legal en contrario;


d) La competencia de la Contraloría General de la República para ejercer control sobre RACSA no puede cuestionarse, puesto que está expresamente consagrada en el artículo 2º de la Ley 6076 de 8 de agosto de 1977 y, en especial, en el Reglamento sobre el funcionamiento de empresas estatales estructuradas como sociedades mercantiles, Decreto Nº 7927-H de 1º de febrero de 1992; y


e) La Ley de la Creación de la Autoridad Presupuestaria clasifica en el Sector Público no Financiero a las "empresas estatales e instituciones de esta naturaleza". Consecuentemente, dado que RACSA es una empresa estatal, dicha empresa està sujeta a las disposiciones que establezca esa Ley.


De esta manera, se suscribe la Licda. Magda Inés Rojas Chaves Procuradora Adjunta, mediante pronunciamiento C-073-84 con fecha de 14 de febrero de 1984.