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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 171
 
  Dictamen : 171 del 18/10/1996   
 
Resumen

C-171-96


 


SISTEMA DE EMERGENCIAS 9-1-1. DIRECTOR.DESCONCENTRACION MAXIMA.


   En Oficio de 12 de setiembre de 1996, el Director del Sistema de Emergencias 9-1-1, consulta en relación con la naturaleza jurídica de ese Sistema y la competencia del Director del 9-1-1.


   En dictamen C-171-96 de 18 de octubre de 1996, la Dra. Magda Inés Rojas Chaves, Procuradora Asesora, señala que el sistema:


a) es un órgano con desconcentración máxima del ICE, al que se le ha otorgado personalidad instrumental.


b) En el caso específico del sistema esa personalidad atribuida por el legislador tiene como objeto posibilitar una gestión autónoma de los recursos que correspondan al Sistema.


c) Al respecto, se debe tener en cuenta que existe una contradicción en la jurisprudencia constitucional en orden al alcance de la personalidad instrumental, pues mientras en un voto se ha considerado contrario a los principios constitucionales en materia presupuestaria y a la competencia del Poder Ejecutivo, en otra se estima que dicha personalidad permite la gestión autónoma de un patrimonio propio.


d) En razón de las competencias desconcentradas, el Sistema, a través de la Comisión Coordinadora, es competente para reglamentar la prestación del servicio por el sistema y por las unidades de apoyo de las organizaciones integrantes.


 e) Los principios propios de la desconcentración se exceden en tanto se atribuye al Director el carácter de jerarca del Sistema y se le da potestad de nombrar a los funcionarios de éste. Por lo que el Director ostenta el poder de nombrar y remover funcionarios y ejercer sobre ellos el poder disciplinario.