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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Dictamen 129
 
  Dictamen : 129 del 08/06/2000   
 
Resumen
C-129-2000
 
INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL- IMPUESTO SOBRE LA RENTA- DIETAS- DEPENDENCIA- SUBORDINACION.

El Presidente Ejecutivo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal consulta a este Despacho si las dietas que perciben los miembros de la Junta Directiva de esa Institución están sujetas al pago del impuesto establecido en el artículo 32, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Esta Procuraduría, mediante dictamen C-129- 2000, del 8 de junio del año 2000, suscrito por el Lic. Julio César Mesén Montoya, Procurador Adjunto, concluye que las dietas que perciben los miembros de la Junta Directiva del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal por su participación en ese órgano colegiado, no están sujetas al pago del impuesto establecido en el artículo 32, inciso b) de la Ley del Impuesto sobre la Renta.