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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 012
 
  Opinión Jurídica : 012 - J   del 08/02/2000   
 
Resumen
AUXILIO DE CESANTÍA-SUPRESIÓN DE PUESTOS-REESTRUCTURACIÓN-RÉGIMEN  DE EMPLEO PÚBLICO-INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA  Y URBANISMO.

El señor José Manuel Núñez González, Diputado de la Asamblea Legislativa consulta mediante oficio No. FFD-JM-314-00 de 12 de enero de 200, "si procede el pago de la totalidad de los años de servicio referente al pago de Auxilio de Cesantía, en caso de despidos por reestruturación del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, tal y como se ha dado en otras instituciones."


Con la anuencia del Señor Procurador General de la República, y la Licda. Luz Marina Gutiérrez Porras, Procuradora Adjunta, mediante Opinión Jurídica No. 012-2000 de 8 de febrero del 2000, luego del análisis jurídico, concluye:


De acuerdo con los artículos 191 y 192 de la Constitución Política, 51 del Estatuto de Servicio Civil, 7, 8, 9, 112.1 de la Ley General de la Administración Pública, así como la reiterada jurisprudencia de las Salas, Constitucional, Primera y Segunda de la Corte Suprema de Justicia, resulta aplicable las indemnizaciones establecidas en el inciso f) del artículo 37 del indicado cuerpo estatutario a los funcionarios que con ocasión de una reestructuración de servicios, sean cesados de sus puestos adquiridos a través de "la idoneidad comprobada", y en ese sentido, tendrán el derecho a una indemnización de un mes cada año o fracción de seis o más meses de servicios prestados.