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Ficha del Pronunciamiento
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Resumen Opinión Jurídica 107
 
  Opinión Jurídica : 107 - J   del 28/09/2000   
 
Resumen
045 - 2000
OJ-107-2000

RESTRICCIONES VEHÍCULOS USO DISCRECIONAL.   RECOPE.
 
El ingeniero Gerardo Rudín A. Presidente de RECOPE, consultó a éste despacho mediante oficio N° P-380-2000, del 14 de febrero del 2000 acerca de la aplicación de las restricciones que en materia de vehículos de uso discrecional, regula la Ley de Tránsito. En igual sentido, si la Contraloría General de la República a través de normas políticas y directrices, puede restringir y limitar el uso de dichos vehículos, a pesar de ser materia reserva de ley.
 
Luego de hacer referencia a la naturaleza jurídica de RECOPE, a la normativa aplicable y a la competencia de la Contraloría, el Lic. Ronny Bassey Fallas, PROCURADOR ADJUNTO, mediante la Opinión Jurídica N° OJ-107-2000, arribó a las siguientes conclusiones: la Ley de Tránsito N° 7331, abarca su cobertura a empresas públicas como RECOPE; Por disposición de su Ley Orgánica, a la Contraloría le corresponde resolver asuntos referentes a vehículos del Estado, incluyendo sus instituciones y empresas.