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 PGR - SINALEVI >> Pronunciamientos >> Resultados >> Dictamen 028 del 05/02/2019
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Ficha del Pronunciamiento
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Texto Dictamen 028
 
  Dictamen : 028 del 05/02/2019   

5 de febrero de 2019


C-28-2019


 


 


Señora


Liseth Vega López


Secretaria del Concejo


Municipalidad de Upala


 


 


Estimada señora:


 


Con la aprobación del Procurador General de la República, doy respuesta a su oficio No. SCMU-151-2019-0008-01 de 31 de enero de 2019, mediante el cual transcribe el artículo 3° del capítulo V, del Acta No. 151-2019, en el que consta el acuerdo del Concejo Municipal en el que se reitera la consulta planteada con anterioridad relacionada con los requisitos y condiciones de algunos nombramientos, y que fue declarada inadmisible mediante el dictamen No. C-014-2019 de 21 de enero de 2019.


 


Pese a que en esta ocasión se adjunta el acuerdo del Concejo en el que se formulan las interrogantes y se adjunta un criterio de la asesoría legal, lo cierto es que dicho informe solo responde una de las tres preguntas que finalmente se nos consultan, y, por tanto, dicho criterio no cumple los requisitos exigidos por el artículo 4° de nuestra Ley Orgánica y la jurisprudencia administrativa desarrollada al efecto.


 


            Debe recordarse, tal y como se hizo en el dictamen C-014-2019, que el criterio legal que debe adjuntarse a las consultas, debe ser un análisis jurídico detallado sobre todos los puntos que se someten a nuestra consideración; que éste tiene como finalidad poder determinar si después de haberse estudiado y discutido el asunto a nivel interno, persiste la necesidad de requerir nuestro pronunciamiento vinculante; y que dicho informe debe emitirse específicamente para aclarar las dudas sobre las cuales finalmente se nos consulta. (En el mismo sentido véanse los dictámenes Nos. C-061-2018 de 3 de abril de 2018, C-145-2018 de 19 de junio de 2018 y C-205-2018 de 23 de agosto de 2018).


 


Por lo expuesto, lamentablemente, la consulta es inadmisible y nos encontramos imposibilitados para emitir el dictamen requerido. La consulta puede ser admitida si se plantea nuevamente, adjuntando un criterio legal que cumpla con los requisitos expuestos.


 


De Usted, atentamente,


 


 


 


Elizabeth León Rodríguez


Procuradora