Este pronunciamiento corresponde a una opinión jurídica, pese a consignarse erradamente como dictamen.
En el aparte III, párrafo 3°, se cita como fuente de la trascripción textual la opinión jurídica N° OJ-145-04, omitiéndose en tres oportunidades la colocación de puntos suspensivos (…) para referir la continuidad de los textos, conforme consta en el documento base de la transcripción.
En el aparte III, párrafo 6° se cita erradamente como fuente de la trascripción el ibídem de la opinión jurídica N° OJ-145-04, obedeciendo la transcripción a la OJ-104-00 del 11 de setiembre del 2000.