Observaciones del pronunciamiento Opinión Jurídica 019
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Opinión Jurídica :
019
- J
del
21/01/2020
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Observaciones
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En el párrafo 26 del aparte II. "SOBRE EL PROYECTO", se cita erradamente el artículo 291 del Código Civil, Ley N° 63 del 28/09/1887. Siendo lo correcto el artículo 292 de ese mismo cuerpo legal.
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El proyecto de ley consultado en esta Opinión Jurídica fue aprobado mediante ley n° 10093 del 14 de diciembre de 2021.