Mediante resolución de la Corte Plena, de fecha 03/05/1984, publicada en el Boletín Judicial N° 104 del 31/05/1984, se resolvió:
1. Declarar inconstitucional e inaplicable la Norma General N° 98 de la Ley de Presupuesto para 1983, en todo lo que comprenda a las instituciones autónomas, por ser contraria a los artículos 121 inciso 11) y 176 de la Constitución Política.
2. Omitir pronunciamiento respecto a dicha norma, en lo que se refiere a los artículos 55 y 188 de la Constitución Política; y
3. Denegar el recurso de inconstitucionalidad en cuanto se refiere al artículo 2° de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, N° 6815 de 27/09/1982.
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