La acción se plantea para que se declaren inaplicables el párrafo 2° del inciso 11) del artículo 71 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, N° 8 del 29/11/1937, y el párrafo 2° del transitorio de la Ley N° 7046 del 06/10/1986.
Mediante resolución de la Corte Plena, de fecha 17/09/1987, publicada en el Boletin Judicial N° 193 del 08/10/1987 se declaro con lugar la acción.
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