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  Asuntos const. >> Resultados >> 10-000477-0007-CO >> Fecha >> 12/01/2010
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SCIJ - Asuntos Expediente 10-000477-0007-CO
Expediente: 10-000477-0007-CO     del: 12/01/2010
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: Maureen Ballestero Vargas
Fecha de la admisión: 04/02/2010


Sentencias
No. Sentencia: 04348   Del: 30/03/2016   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 11637   Del: 02/07/2010   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 11352   Del: 29/06/2010   Ver texto del voto  


Observaciones expediente 10-000477-0007-CO
Voto 2010-011352 del 29 de junio de 2010. Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase que indica: "... sin perjuicio de lo que establece el artículo 68 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República." contenida en el Código Electoral, Ley No. 8765 de 19 de agosto de 2009, publicado en el Alcance 37 a La Gaceta No. 171 del 2 de septiembre de 2009. Se le da un plazo de treinta y seis meses a la Asamblea Legislativa para que dicte la reforma parcial a la Constitución Política y la reforma a su Reglamento para incorporar el deber de probidad como una causal de cancelación de credencial y otras sanciones. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma impugnada, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe y las situaciones jurídicas consolidadas. En lo demás, se declara sin lugar la demanda.

Voto 2010-011637 del 02 de julio de 2010. Se adiciona la sentencia No. 2009-011352 de las quince horas cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil diez, con el fin de disponer que: Se declara parcialmente con lugar la acción. En consecuencia, se anula por inconstitucional la frase del artículo 262 que indica: "... sin perjuicio de lo que establece el artículo 68 de la Ley orgánica de la Contraloría General de la República." contenida en el Código Electoral, Ley No. 8765 de 19 de agosto de 2009, publicado en el Alcance 37 a La Gaceta No. 171 del 2 de septiembre de 2009. Se le da un plazo de treinta y seis meses a la Asamblea Legislativa para que dicte la reforma parcial a la Constitución Política y la reforma a su Reglamento para incorporar el deber de probidad como una causal de cancelación de credencial y otras sanciones.

Voto 004348-2016 del 30 de marzo de 2016. Se reitera a Rafael Ortiz Fábrega, en su calidad de presidente de la Asamblea Legislativa, o a quién ocupe su cargo, el cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia número No. 2010-11352 de las quince horas cinco minutos del veintinueve de junio de dos mil diez, para que la Asamblea Legislativa dicte la reforma parcial a la Constitución Política y la reforma a su Reglamento para incorporar el deber de probidad como una causal de cancelación de credencial y otras sanciones. Notifíquese, reséñese y publíquese integralmente esta sentencia. Los (a) magistrados (a) Castillo Víquez, Rueda Leal, Hernández López, y Ulate Chacón ponen notas separadas. La magistrada Hernández López y el magistrado Hernández Gutiérrez salvan el voto y rechazan de plano la gestión por falta de legitimación del accionante.