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  Asuntos const. >> Resultados >> 11-012290-0007-CO >> Fecha >> 30/09/2011
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SCIJ - Asuntos Expediente 11-012290-0007-CO
Expediente: 11-012290-0007-CO     del: 30/09/2011
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: XXX
Fecha de la admisión: 21/10/2011


Sentencias
No. Sentencia: 11950   Del: 29/08/2012   Ver texto del voto  
Concuerda con:
  • Expediente:  11-012519-0007-CO    Voto:  03942   Fecha:  21/03/2012   Ver texto del voto  


Observaciones expediente 11-012290-0007-CO
Voto 2012-11950 del 29 de agosto de 2012. En cuanto a lo dispuesto en el artículo 131 inciso a) en relación con los artículos 108 inciso a) y 83 inciso c) de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, número 7331 del trece de abril de mil novecientos noventa y tres y sus reformas, esténse los accionantes a lo resuelto por esta Sala en sentencia número 2012-3942 de las dieciséis horas veintidós minutos del veintiuno de marzo del dos mil doce. Con respecto al artículo 150 bis de la Ley de Tránsito, se declara sin lugar la acción en el tanto se interprete que la conducta prevista en el artículo 131 inciso a) se atribuye únicamente al conductor. En cuanto a los artículos 131 inciso b) y 150 de la misma Ley, así como el "Reglamento de las condiciones técnicas y de uso de los equipos de registro y detección de infracciones a la Ley de Tránsito vigente por medio de imágenes", Decreto Ejecutivo número 36.724-MOPT del 23-08-11, se rechaza de plano la acción. La Magistrada Calzada y los Magistrados Armijo y Guerrero salvan parcialmente el voto y declaran inconstitucional el artículo 150 bis de la Ley de Tránsito. El Magistrado Guerrero pone nota.