INICIO
|
PGR SINALEVI
|
PODER JUDICIAL
|
HACIENDA
|
CORTE IDH
|
DICCIONARIO JURÍDICO PJ
|
AYUDA
|
MAPA DEL SITIO
Buscar:
Asuntos const. >> Resultados >> 13-008478-0007-CO >> Fecha >> 27/07/2013
Internet
Normativa
Pronunciamientos
Asuntos Constitucionales
Año:
50 resultados
100 resultados
Todos los resultados
Buscar en:
Ficha del documento
Contenido del texto
Menú de Búsquedas Avanzadas
Expediente
Normas cuestionadas
Informe de la PGR 1
Ayuda
SCIJ - Asuntos Expediente 13-008478-0007-CO
Expediente: 13-008478-0007-CO del: 27/07/2013
Clase de asunto:
Acción de inconstitucionalidad
Accionante:
-
Fecha de la admisión:
31/10/2013
Sentencias
No. Sentencia:
05994
Del:
26/04/2017
Ver texto del voto
No. Sentencia:
15290
Del:
19/11/2013
Ver texto del voto
Observaciones expediente 13-008478-0007-CO
Voto 2013-015290 del 19 de noviembre de 2013. A efectos de no causar serios trastornos a los procedimientos para el otorgamiento de viabilidad ambiental por parte de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, y con el fin de no afectar la continuidad y eficiencia del servicio público, se dispone excepcionalmente la continuidad de la ejecución las disposiciones impugnadas hasta tanto no se dicte la resolución final en la presente acción de inconstitucionalidad, bajo la advertencia de que la validez de los actos emitidos queda sujeta a lo que se disponga en la sentencia definitiva, lo que deberá hacer constar la Secretaría Técnica Nacional Ambiental en las resoluciones correspondientes. Además, respecto del Anexo 2 del Reglamento en cuestión, de oficio se aclara que la acción de inconstitucionalidad se cursó única y exclusivamente por la adición y modificación efectuada mediante el Decreto Ejecutivo No. 37803 MINAE S MOPT MAG MEIC, de 17 de julio de 2013, norma que afectó solamente la División F.45 y sus descripciones respectivas. Los Magistrados Cruz y Rueda salvan el voto y optan por la segunda alternativa formulada por el Secretario General de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental.
Voto 2017-2017-005994 del 26 de abril del 2017. Se declara sin lugar la acción.