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  Asuntos const. >> Resultados >> 15-013929-0007-CO >> Fecha >> 21/09/2015
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SCIJ - Asuntos Expediente 15-013929-0007-CO
Expediente: 15-013929-0007-CO     del: 21/09/2015
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: -
Fecha de la admisión: 09/10/2015


Sentencias
No. Sentencia: 02241   Del: 16/02/2016   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 01692   Del: 03/02/2016   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 15725   Del: 07/10/2015   Ver texto del voto  


Observaciones expediente 15-013929-0007-CO
Voto 2015-15725 del 7 de octubre de 2015.Por mayoría, se ordena dar curso a la acción por cuanto cumple los requisitos formales de admisibilidad. Los Magistrados Armijo Sancho, Jinesta Lobo y Hemández López rechazan de plano la acción de inconstitucionalidad por encontrarse el tema del cumplimiento de la Sentencia en el caso Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica, de 28 de noviembre de 2012 en conocimiento de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos.

Voto 2016-001692 del 3 de febrero de 2016. Se declara CON LUGAR la acción, únicamente, por violación al principio de reserva de ley y porque la modificación al ordenamiento jurídico, con arreglo a los procedimientos constitucionales que prevé el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, es a través de la ley formal. En consecuencia, se anula el Decreto Ejecutivo 39210-MP-S, denominado "Autorización para la Realización de la Técnica de Reproducción Asistida de Fecundación in Vitro y Transferencia Embrionaria", del 10 de setiembre de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 178 del 11 de octubre de 2015. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la normativa anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Los Magistrados Jinesta Lobo y Hernández López salvan el voto y rechazan de plano la acción planteada por considerar que la Sala Constitucional no tiene competencia para pronunciarse sobre el mismo objeto procesal, que pende simultáneamente ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros, en razón de la audiencia de supervisión de cumplimiento convocada al efecto, y hasta tanto ese tribunal no emita pronunciamiento. Lo anterior con el fin de preservar la integridad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos del cual nuestro país forma parte. El Magistrado Cruz Castro expone razones adicionales y se separa del voto de mayoría respecto del dimensionamiento, manteniendo vigente el Decreto Ejecutivo objeto de esta acción, hasta tanto el Parlamento apruebe la ley de fecundación in vitro. Los Magistrados Rueda Leal y Hernández Gutiérrez ponen notas separadas. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a la Caja Costarricense de Seguro Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Tomen nota, los Poderes Ejecutivo y Legislativo, de lo manifestado en el sexto considerando. Notifíquese.-

Voto 2016-002241 del 16 de febrero de 2016. Se corrige el error material en que se incurrió al momento de la transcripción de la sentencia número 2016-001692, de las 11:21 horas del 03 de febrero de 2016, en el sentido de que el número correcto de dicha sentencia es el 2016-001692, tal y como consta en el Sistema Costarricense de Gestión de Despachos Judiciales, y no el 2016-001725, como erróneamente se consignó.