Buscar:
  Asuntos const. >> Resultados >> 18-015287-0007-CO >> Fecha >> 27/09/2018
Internet
Año:
Buscar en:




SCIJ - Asuntos Expediente 18-015287-0007-CO
Expediente: 18-015287-0007-CO     del: 27/09/2018
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: -
Fecha de la admisión: 04/10/2018


Sentencias
No. Sentencia: 17397   Del: 11/09/2019   Ver texto del voto  


Observaciones expediente 18-015287-0007-CO
Voto 2019-017397 del 11 de setiembre de 2019. Se declara parcialmente con lugar la acción y, en consecuencia, únicamente se anula la frase "no será necesario el trámite de autorización ante el Minae” del párrafo 4 del artículo 2 de la ley número 9590. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la frase anulada de la norma en cuestión, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. En lo demás, se declara sin lugar la acción. Los Magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y Araya García ponen nota. La Magistrada Esquivel Rodríguez pone nota. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese al Procurador General de la República, al Presidente de la Asamblea Legislativa, a los accionantes y a todos los intervinientes.