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  Asuntos const. >> Resultados >> 94-000757-0007-CO >> Fecha >> 28/02/1994
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SCIJ - Asuntos Expediente 94-000757-0007-CO
Expediente: 94-000757-0007-CO     del: 28/02/1994
Clase de asunto: Acción de inconstitucionalidad
Accionante: -
Fecha de la admisión: 27/08/1996
Fecha publicación de la admisión: 09/09/1996


Sentencias
No. Sentencia: 12460   Del: 11/12/2001   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 00451   Del: 17/01/2001   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 08861   Del: 11/10/2000   Ver texto del voto  
Referencias:
  • Voto:  00451   Del:  17/1/2001 00:00:00
Boletín Judicial: 246   del:  21/12/2001
No. Sentencia: 07728   Del: 30/08/2000   Ver texto del voto  
Boletín Judicial: 182   del:  22/09/2000
No. Sentencia: 09811   Del: 14/12/1999   Ver texto del voto  
No. Sentencia: 06218   Del: 10/08/1999   Ver texto del voto  
Boletín Judicial: 170   del:  01/09/1999
No. Sentencia: 05445   Del: 14/07/1999   Ver texto del voto  
Adiciones y/o aclaraciones
  • Voto:  06218   Del:  10/08/1999
  • Voto:  07728   Del:  30/08/2000
  • Voto:  09811   Del:  14/12/1999
  • Voto:  08861   Del:  11/10/2000
Referencias:
  • Voto:  09357   Del:  26/11/1999 00:00:00
Boletín Judicial: 147   del:  29/07/1999


Observaciones sentencias
Voto: 8861-00 de las 14:30 horas del 11/10/2000.
Se amplía el período del dimensionamiento en el tiempo de la sentencia número 5445-99, de las 14:30 horas del 14/07/1999, adicionada por las sentencias números 06218-99, de las 15:21 horas del 10/08/1999, 09811 de las 15: 21 horas 14/12/1999 y 07728 de las 14: 45 horas del 30/08/2000, en el sentido de que los Concejos Municipales de Distrito podrán funcionar en
los términos señalados en esas sentencias, por un año más, contado a partir del primero de enero del año 2001.

Sentencia 2001-12460, de las 15:09 horas del 11 de diciembre de 2001. Se amplía el período de dimensionamiento en el tiempo de la sentencia número 05445-99 de las catorce horas treinta minutos del
catorce de julio de mil novecientos noventa y nueve, adicionada por la sentencia número 06218-99 de las quince horas veintiún minutos del diez de agosto de mil novecientos noventa y nueve y por la 09811-99 de las
quince horas veintiún minutos del catorce de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, en el sentido de que los Concejo Municipales de Distrito podrán funcionar en los términos señalados en esas sentencias hasta el 31 de julio del 2002.- La sentencia 5445-99 fue publicada de manera íntegra en el Boletín Judicial N° 102 del 29/05/2002.