REGLAMENTOS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PESCA Y ACUACULTURA
(Esta
norma fue derogada por el
artículo 39° del acuerdo AJDIP/385-2011 del 4 de noviembre del 2011
"Reglamento de Operatividad de las Sesiones de la Junta Directiva de
INCOPESCA")
A.J.D.I.P./22.-Puntarenas, a las trece horas del veintiséis de enero
del dos mil
REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA
De conformidad con las disposiciones y atribuciones establecidas en la
Ley 7384 del 16 de marzo de 1994, Ley de Creación del Instituto Costarricense de la Pesca
y Acuacultura, la Junta Directiva dicta el siguiente Reglamento Interno de Funcionamiento.
CAPITULO I
Funciones, deberes y atribuciones de los directores
Artículo 1º-Las funciones de la Junta Directiva son aquellas
estipuladas en el artículo 17 de la Ley Nº 7384, de Creación del Instituto
Costarricense de la Pesca y Acuacultura.
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