N°
37457-MEIC
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
Con
fundamento en las facultades que les confieren los incisos 3) y 18) del
artículo 140 de la Constitución Política, los artículos 27 y 28, inciso
2), acápite b) de la Ley
General de la Administración
Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley Orgánica del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, Ley N° 6054 del 14 de junio de
1977, Ley de Promoción de la
Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley N° 7472
del 20 de diciembre de 1994, , Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y
Medianas Empresas, Ley N° 8262 del 02 de mayo del 2002; Ley del Sistema
Nacional para la Calidad,
Ley N° 8279 del 2 de mayo del 2002; y Ley de la Protección al
ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos, Ley N° 8220 del
4 de marzo del 2002.
Considerando:
I.—Que
dada las variaciones que se han llevado a cabo en la estructura interna del
MEIC y el incremento en las funciones asignadas al mismo, es necesario hacer
los ajustes a fin de reformar integralmente el Reglamento a la Ley Orgánica
del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), Decreto Ejecutivo Nº
32475-MEIC del 18 de mayo del 2005.
II—Que
el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica – MIDEPLAN-,
mediante el Oficio número DM-622-12 del 31 de octubre de 2012, aprobó la
propuesta de Reestructuración del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Por
tanto,
DECRETAN:
“REGLAMENTO A LA LEY ORGÁNICA
DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO,
LEY N° 6054 DEL 14 DE JUNIO DE 1977”
Título Primero: De la Estructura Organizativa del MEIC
(Así adicionado el título primero anterior
por el artículo 3° del decreto ejecutivo N° 41689 del 28 de febrero del 2019)
CAPÍTULO I
Artículo
1º—Del Ministerio de Economía, Industria y Comercio. El
presente reglamento regula la organización y funcionamiento del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio (MEIC).