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 Normativa >> Reglamento 0 >> Fecha 27/11/2023 >> Articulo 120
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Normativa - Reglamento 0 - Articulo 120
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Artículo 120
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Artículo 120: De la certificación del carácter de bienestar social a los sujetos privados: El DASAI es el área encargada de emitir la certificación del carácter de bienestar social a las organizaciones privadas e instituciones públicas que así lo soliciten por escrito, una vez que las organizaciones cumplan con los requisitos establecidos al efecto mediante la presentación de solicitud (físico o digital) anexando los siguientes documentos:

a) Formulario para solicitar la certificación como IBS.

b) Declaración jurada mediante la cual la organización declare que mantiene las condiciones por las cuales fue otorgado el carácter de bienestar social.

Luego de presentada la solicitud, DASAI cuenta con diez días hábiles para entregar la certificación. En caso de requerirse, se comunica a la organización si se debe subsanar algún requisito detallado en este artículo, para lo cual se brinda un plazo máximo a la organización de cinco días hábiles.

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