(Así Derogado por el artículo 63 del decreto ejecutivo
N° 33080 del 26 de abril de 2006)
No 21996-MP-MTSS-H-MEP-MIDEPLAN EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, HACIENDA,
EDUCACIÓN PUBLICA
Y PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA ECONÓMICA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 3)
de la Constitución Política, artículos 1,26, siguientes y concordantes de la Ley de
Creación del Régimen General de Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de otros
regímenes especiales y reforma a la ley No 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas,
Ley de Impuestos sobre la Renta y,
Considerando:
1°Que ha sido manifiesta la posición del Gobierno de la
República de equilibrar las finanzas públicas en todos los campos del quehacer Nacional,
particularmente en aquellos donde las pensiones o jubilaciones son de especial interés.
2°Que para normalizar las erogaciones de fondos públicos se
creó e legislación específica, unificada, moderna y sobre todo igualitaria para todos
los sistemas jubilatorios de funcionarios públicos del país.
3°Que la ley 7302 del ocho de julio de mil novecientos noventa y
dos establece, además de los principios generales, regulaciones especiales para a
regímenes de los Diputados, para el cónyuge supérstite de los Beneméritos de la
Patria, los autores de Símbolos Nacionales, las personas galardonadas con el Premio
Magón, para las pensiones de guerra y ex Presidentes de la República, con el fin de
actualizar y unificar las legislaciones vigentes.
4°Que el Gobierno de la República consciente de la necesidad de
modernizar la legislación social del país, tanto en aspectos de fondo como de forma,
desea continuar el desarrollo de los términos de la ley, de conformidad con los
principios constitucionales de legalidad y justicia social. Por tanto,
DECRETAN:
Reglamento a la ley No 7302
Ley de Creación del Régimen General de
Pensiones con Cargo al Presupuesto Nacional, de Otros Regímenes Especiales y Reforma a la
Ley No 7092 del 21 de Abril de 1988 y sus Reformas, Ley del Impuesto sobre la Renta.
TITULO I CAPITULO I
Disposiciones Generales
Artículo 1.Este reglamento regula la
administración, el control, el otorgamiento de pensiones, de jubilaciones y de
indemnizaciones, y los demás alcances del Régimen General de Pensiones con cargo al
Presupuesto Nacional y los otros Regímenes Especiales a que se refiere la
ley No 7302 de 8 de julio de H publicada en "La Gaceta" No 134 del 15 de julio
de 1992.