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Artículo 1º.- Refórmanse, como aparece a continuación, los
siguientes artículos del Código de Trabajo:
a) Suprímase del párrafo final del artículo 139 el vocablo
propiamente.
b) Adiciónase el artículo 172, párrafo final, con la frase "... y
del importe del pre-aviso que queden adeudando los
trabajadores".
c) Sustitúyase la frase "envíen en consulta forzosa los autos al
Superior", visible en la parte final del párrafo segundo del
artículo 466, por esta otra: "... eleven forzosamente los autos
al Superior para que éste resuelva lo que proceda en Derecho".
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