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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 13325 >> Fecha 04/02/1982 >> Articulo 3
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Normativa - Decreto Ejecutivo 13325 - Articulo 3
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Artículo 3
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3

ARTÖCULO 3§.-Las fincas debidamente inscritas en el Registro

P£blico o amparadas

por la posesi¢n decenal dentro de los l¡mites de esta zona

protectora quedan autom ticamente

sometidas al r‚gimen forestal. Las labores que se fueran a

realizar en

estas fincas, deben contar con la autorizaci¢n escrita de la

Direcci¢n General Forestal.

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