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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 14616 >> Fecha 10/06/1983 >> Articulo 17
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Normativa - Decreto Ejecutivo 14616 - Articulo 17
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Artículo 17
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17

ARTÖCULO 17.- Normas supletorias. En todo lo no previsto

en este

t¡tulo rigen supletoriamente, en lo que sean aplicables, las

disposiciones de la Ley del Impuesto sobre las Ventas, n£mero

3914 de 17

de julio de 1967 y sus reformas.

CAPITULO VIII

De las disposiciones generales

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