Buscar:
 Normativa >> Ley 7576 >> Fecha 08/03/1996 >> Articulo 3
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 3     >>
Normativa - Ley 7576 - Articulo 3
Ir al final de los resultados
Artículo 3
Versión del artículo: 1  de 1
3

ARTICULO 3.- Ambito de aplicación en el espacio

Esta ley se aplicará a quienes cometan un hecho punible en el

territorio de la República o en el extranjero, según las reglas de

territorialidad y extraterritorialidad establecidas en el Código Penal.

Ir al inicio de los resultados