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 Normativa >> Ley 7576 >> Fecha 08/03/1996 >> Articulo 115
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Normativa - Ley 7576 - Articulo 115
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Artículo 115
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115

ARTICULO 115.- Decisión del recurso de apelación

Inmediatamente después de la audiencia oral, el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal Juvenil resolverá el recurso planteado salvo en casos complejos, según criterio del Tribunal, que podrá resolver, en un plazo máximo de tres días, el recurso interpuesto.

(Así reformado por el artículo 3° de la ley N° 9021 del 3 de enero de 2012)

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