Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 25120 >> Fecha 17/04/1996 >> Articulo 41
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 41     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 25120 - Articulo 41
Ir al final de los resultados
Artículo 41    (No vigente*)
Versión del artículo: 2  de 2
Anterior
33

SECCION SEGUNDA

De los permisos

Artículo 41.- CLASES DE PERMISOS.

Para los efectos del presente Reglamento, el Departamento contará con las siguientes clases de permisos:

1) Permiso de portación de armas por cuerpos policiales.

2) Permiso especial de portación.

3) Permiso especial de portación de armas permitidas para funcionarios públicos.

4) Permiso de venta de armas permitidas y su munición.

5) Permiso de compra por turistas.

6) Permiso de venta de explosivos permitidos y sus aditamentos.

7) Permiso de importación de gases para la defensa personal.

8) Permiso regular para importar armas y municiones.

9) Permiso de importación de armas y municiones por parte de los cuerpos policiales.

10) Permiso de importación de armas y municiones estatales para fines deportivos.

11) Permiso de importación ocasional de armas permitidas.

12) Permiso para importar munición.

13) Permiso temporal de exportación de armas.

14) Permiso de fabricación de armas permitidas.

15) Permiso de inscripción de armas permitidas de colección.

16) Permiso de inscripción de armas para el tiro al blanco, al plato o cacería.

17) Permiso a extranjeros para ingresar armas y tiros.

18) Permiso a menores.

19) Permiso para la compra de explosivos y sus aditamentos por parte de los entes estatales.

20) Permiso para la compra de explosivos y sus aditamentos por parte de particulares.

21) Permiso regular de venta de explosivos industriales y pirotécnicos permitidos y sus aditamentos.

22) Permiso de importación de explosivos y sus aditamentos.

23) Permiso de importación ocasional de explosivos y sus aditamentos.

24) Permiso de exportación de explosivos y sus aditamentos.

25) Permiso de fabricación de explosivos permitidos.

26) Permiso de compra o importación de explosivos y sus aditamentos por parte de los entes estatales.

(Así corrida su numeración por el artículo 8° del decreto ejecutivo N° 31383 del 9 de julio de 2003, que lo traspaso del antiguo artículo 33 al 41).

 

Ir al inicio de los resultados