Nº 24282-MP-MAG-MIRENEM
(Este decreto ejecutivo fue derogado por el
artículo 16 del decreto ejecutivo N° 41775 del 8 de junio del 2019, “Creación
del mecanismo de gobernanza de los espacios marinos sometidos a la Jurisdicción
del Estado Costarricense”)
EL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Y LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA, DE RECURSOS
NATURALES,
ENERGIA Y MINAS Y DE AGRICULTURA Y GANADERIA
En ejecución de las facultades que les confiere
el artículo 140 incisos 3 y 18 de la Constitución Política, y de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Forestal, Nº 7174, Ley de Conversión de MIRENEM, Nº
7152, Ley de Creación del Servicio de Parques Nacionales, Nº 6084, Ley de
Conservación de Vida Silvestre, Nº 7317, Ley de Creación del INCOPESCA, Nº 7384
y la Ley de Pesca, Nº 190.
Considerando:
1º.- Que de conformidad con el artículo 6
constitucional, el Estado ejerce una soberanía completa y exclusiva en el
espacio aéreo de su territorio, en sus aguas territoriales, en una distancia de
doce millas, ejerciendo una jurisdicción especial sobre los mares patrimoniales
en una extensión de doscientas millas, todo con el fin de proteger, conservar y
desarrollar sosteniblemente los recursos y riquezas naturales existentes en las
aguas, el suelo y el subsuelo de esas zonas.
2º.- Que mediante Ley Nº 7227, del 12 de abril
de 1991, se aprobó el Convenio para la Protección y el Desarrollo del Medio
Marino, disponiendo que los Estados deben establecer zonas protegidas para
conservar los ecosistemas raros o vulnerables, así como el hábitat de las
especies diezmadas, amenazadas o en peligro de extinción.
3º.- Que la diversidad marina de Costa Rica es
extraordinaria, la cual se extiende a lo largo de sus dos litorales, Pacífico y
Caribe. Considerando su importancia para las generaciones futuras, en años
anteriores, el país procedió a proteger las zonas de mayor importancia, bajo la
categoría de manejo de Parque Nacional o Reserva Biológica.
4º.- Que el Plan Nacional de Desarrollo, en el
área de recursos marinos, establece que el Gobierno implementará actividades
con el fin de dimensionar la importancia económica, ecológica y social de la
zona marino costera y sus recursos, y sus islas, bajo las premisas del
desarrollo sostenible. Asimismo, el artículo primero de la Ley de Creación del
INCOPESCA establece que la Institución deberá atender los lineamientos fijados
en dicho Plan.
5º.- Que con esos propósitos, y de manera que
mejor acerquemos las actividades productivas cercanas a las áreas marinas
protegidas, a los esquemas de desarrollo sostenible que se ha propuesto la
presente Administración, el Gobierno ha determinado la immperiosa
necesidad de constituir la categoría de manejo de Areas
Marinas de uso múltiple. Por su medio, se planificará el manejo, uso y la
conservación, según corresponda, del recurso marino, así como del área costera,
de manera que se protejan los hábitats marinos y sus áreas de influencia,
procurando una explotación racional de los recursos. Por tanto,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Se establece la categoría de Area Marina de Uso Múltiple (AMUM), la cual está conformada
por las áreas marinas que se hayan incluido dentro de las áreas silvestres
protegidas que haya declarado el MIRENEM, las que continuarán siendo manejadas
por las regulaciones específicas vigentes para ellas, así como por aquella zona
marina adicional, que se declare como su zona de influencia, la que se regirá
conforme se indica en este decreto ejecutivo. Las Areas
Marinas que se establezcan, deberán fundamentarse en criterios técnicos, que
demuestren la necesidad de su establecimiento, considerando la protección
integral de los recursos, desde el punto de vista del manejo de los
ecosistemas.
Las AMUM podrá extenderse hasta un máximo de 12
millas marítimas, y sus límites y usos recomendados, serán aquellos que se
definan en un Plan de Manejo, para lo cual el Programa Nacional Marino Costero
deberá ser prioritario. Dicho Plan será elaborado necesariamente por el Poder
Ejecutivo, las instituciones públicas descentralizadas con competencias en la
materia y la Comisión sobre la Zona Marítimo Costera.