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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26922 >> Fecha 23/03/1998 >> Articulo 64
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26922 - Articulo 64
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Artículo 64    (No vigente*)
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    Artículo 64.—Los servidores del Ministerio contarán con los servicios médicos asistenciales y de psicología laboral dentro de la institución.

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